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Ley Orgánica de los Consejos Comunales





El  09 de abril del 2006 el líder de la revolución Bolivariana, Hugo Chávez, en el programa Aló Presidente nº 252 anunció la creación de la Ley de los Consejos Comunales. Una normativa jurídica de la nación que fue aprobada por la Asamblea Nacional Bolivariana.


Esta ley impulsa el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas. Así como también los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario.


Esta se encuentra dividida en 08 capítulos, con 61 artículos, y establece que esa estructura está integrada por la asamblea de ciudadanos como órgano para adoptar decisiones. Además de un número variable de Comités de Trabajo.


El Comandante Chávez en esa actividad afirmó que “los Consejos Comunales son la herramienta fundamental y de vanguardia para avanzar en la construcción del socialismo, porque representan la célula fundamental de la democracia revolucionaria y verdadera”.


Papel fundamental en el desarrollo económico


Asimismo, esta reglamentación constituye también la figura de los bancos comunales como instancia de desarrollo económico, alternativo, social y participativo. Y tendrán la posibilidad de crear mecanismos de intercambio solidario de bienes y servicios.

En relación al instrumento legal que viene a consolidar el poder popular, los Consejos no son solamente instancias para presentar proyectos y solicitar recursos, sino también instancias de participación y protagonismo popular.


Según el artículo 2 de esta ley popular “Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social”.



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